lunes, 2 de abril de 2012

VERAS QUE TODO ES MENTIRA...VERAS QUE NADA ES AMOR...

La Ley 26.739 por la que en tiempo récord se modificó la carta Orgánica del Banco Central estableció una nueva redacción para el artículo 28 de la Carta Orgánica del BCRA que ahora dice:

Artículo 28: El Banco Central de la República Argentina puede exigir que las entidades financieras mantengan disponibles determinadas proporciones de los diferentes depósitos y otros pasivos, expresados en moneda nacional o extranjera. La integración de los requisitos de reservas no podrá constituirse sino en depósitos a la vista en el Banco Central de la República Argentina, en moneda nacional o en cuenta de divisa, según se trate de pasivos de las entidades financieras denominadas en moneda nacional o extranjera, respectivamente.

Atendiendo a circunstancias generales, el Banco Central de la República Argentina podrá disponer que la integración de los requisitos de reserva se realice parcialmente con títulos públicos valuados a precios de mercado.

Hasta acá el texto legal.

Esta decisión de concentrar los encajes en el Banco Central representan unos $ 20.000 millones y la transferencia de éste monto a las arcas del BCRA implicará un cambio estructural en la autonomía bancaria, pero también en la tasa de interés, en las comisiones bancarias y en la disponibilidad de crédito de corto plazo (descuento de documentos y descubiertos, instrumentos éstos usados cotidianamente por las PYME).

Se anuncia, ahora, mediante la Comunicación A 5299 un paliativo de urgencia para resolver la integración de dichos encajes para abril del 2012 y atenuar el impacto coyuntural que éste cambio habrá de generar.

Sin embargo, la solución es sólo para el mes de abril de 2012 dado que el banco Central requiere de esos fondos para dar cumplimiento al Artículo 3º de la CO que dice: "El banco tiene por finalidad promover, en la medida de sus facultades y en el marco de las políticas establecidas por el gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social."

Ya habíamos mencionado en nuestro entrada del 24/03/2012 a nuestro blog que, "Más allá del debate sobre las consecuencias e impacto monetario de la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, lo realmente importante de ésta situación es que todo queda en manos de un Directorio y una Presidenta del Directorio que están "en comisión", es decir su capacidad de dirigir el BCRA y operar conforme la nueva legislación queda en manos de la Presidenta de la Nación toda vez que de ella depende la remoción de los miembros en comisión. "( http://www.henrykgrossman.blogspot.com.ar/2012/03/diez-razones-para-no-invertir-en-la.html )

Atendiendo a éstas circunstancias institucionales, ¿de dónde saldrá el fondeo para abastecer la demanda de crédito de las PYME que se resuelve con descuento de documentos y uso de sobre giros.?

Por un lado la tasa de interés reflejará ésta demanda PYME que ahora será cada vez más restringida en tanto los bancos no dispondrán de la liquidez que les permitía responder adecuadamente.

Pero a su vez, en un contexto de estiramiento de la cadena de pagos y riesgos de morosidad, la situación reforzará el ciclo de insolvencia de las PYME y las hará más débiles frente a las pulsiones actuales de concentración económica. 

Sería bueno que quienes en nombre "del empleo y el desarrollo económico con equidad social" explicaran cuáles son los instrumentos sustitutos.

O tal, cómo se sostienen algunos será cierto que la modificación de la Carta Orgánica tuvo como único objetivo hacer caja para el Gobierno Nacional con la mirada puesta en las elecciones legislativas de medio término ( http://www.henrykgrossman.blogspot.com.ar/2012/03/cristinismo-la-estrategia-politica-2013.html )

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